Año Nuevo en Colombia
Año Nuevo se celebra el 1 de enero en Colombia. La fecha es un día festivo remunerado para los trabajadores de los sectores público y privado según la ley nacional, y la ley no lo traslada a un lunes cuando cae en otro día laborable.[1]
Una fecha fija en la legislación colombiana
La Ley 51 de 1983 de Colombia enumera el 1 de enero entre los días festivos civiles y religiosos con descanso remunerado para los trabajadores de los sectores público y privado. La ley traslada ciertos otros festivos enumerados al lunes siguiente cuando no caen en lunes; el 1 de enero no se encuentra entre esos festivos. Por lo tanto, el festivo permanece el 1 de enero, incluso cuando cae en fin de semana.[1]
La ley establece el derecho de los trabajadores al descanso remunerado; no dice que todos los centros de trabajo o negocios deban cerrar. Por lo tanto, respalda denominar al 1 de enero como día festivo remunerado, pero no afirmar que todas las oficinas, bancos, comercios o restaurantes cierren por el día.[1]
El significado de la fecha
En el calendario civil utilizado en Colombia, Año Nuevo marca el inicio de un nuevo año calendario. El 1 de enero es un día festivo remunerado según la ley colombiana.[1]
Un relato histórico que se conserva en el Instituto Caro y Cuervo documenta las creencias y prácticas de Año Nuevo en Colombia, incluidas ideas sobre ser feliz o dar un paseo el primer día del año. Esto es evidencia de costumbres registradas en ese relato, no una prueba de que todos los colombianos las observen hoy en día o de que se compartan de manera uniforme en todo el país.[2]
Planificación para el día festivo
Debido a que la ley garantiza el descanso remunerado a los trabajadores, los lugares de trabajo gubernamentales y privados pueden ajustar sus operaciones para el 1 de enero. La ley en sí no especifica los horarios de apertura ni los calendarios de servicio para oficinas, bancos, comercios, restaurantes o proveedores de transporte particulares, por lo que los viajeros deben consultarlo directamente con el lugar u operador que planeen utilizar.[1]
La ley tampoco establece un horario de transporte especial para el Día de Año Nuevo ni instituye un patrón nacional de mayor tráfico en las carreteras. Los arreglos de viaje y los horarios comerciales pueden depender del servicio individual; confírmelos localmente antes de ponerse en marcha.[1]
Año Nuevo en Colombia: Preguntas frecuentes
¿Cuándo es Año Nuevo en Colombia?
Es el 1 de enero de cada año. El festivo no se traslada al lunes según la Ley 51 de 1983.[1]
¿Es el 1 de enero un día libre remunerado?
La ley otorga a los trabajadores de los sectores público y privado descanso remunerado el 1 de enero. No dice que todos los centros de trabajo cierren.[1]
¿Están abiertos los comercios, bancos y restaurantes?
La ley no fija los horarios de apertura para estos negocios. Se recomienda consultar con el comercio, banco o restaurante específico antes de visitarlo.[1]
¿Funciona el transporte público con un horario de festivo?
La ley no especifica los horarios de transporte. Conviene consultar con el operador pertinente para obtener información sobre el servicio el 1 de enero.[1]
Fuentes y referencias
Fuentes utilizadas para Año Nuevo en Colombia:
- Ley 51 de 1983- Departamento Administrativo de la Función Pública
- Celebraciones navideñas y de comienzos- Instituto Caro y Cuervo